Casi el 97% de los consumidores sigue recibiendo llamadas ‘spam’ pese a estar prohibidas desde junio

-Según una encuesta de Facua

MADRID, 22 (SERVIMEDIA)

El 96,6% de los consumidores ha recibido en el último mes una o más llamadas comerciales no solicitadas «expresamente», pese a que están prohibidas desde el 29 de junio.

Así lo desvela una encuesta realizada esta semana por Facua-Consumidores en Acción para conocer el «nivel de incumplimiento» de dicha prohibición y en la que participaron 6.065 usuarios, según precisó este viernes su secretario general, Rubén Sánchez, en una rueda de prensa en la que recalcó que se trata de una práctica «ilegal» que «puede denunciarse y debe provocar una sanción» y que hay un «altísimo porcentaje» de empresas que «se saltan la legislación porque ganan mucho más dinero que el riesgo de una pequeña multa por una denuncia aislada».

Respecto a la encuesta, añadió que la «mayoría» de los consultados, un 56,9%, ha recibido «más de cinco llamadas comerciales en el último mes»; el 4,1% recuerda haberlas recibido en cinco ocasiones en ese periodo; el 8,2%, en cuatro; el 12,5%, en tres; el 9,7%, en dos y el 5%, una vez. Por su parte, el 12,5% dijo no recordar el número de llamadas recibidas y solo el 3,4% afirmó que no ha recibido ninguna.

Un tercio de quienes las recibe «pide que no se les llame más» y el 57,4% de los afectados que, durante alguna llamada, solicitó «expresamente» al teleoperador que no vuelvan a «molestarle» ha recibido posteriormente «una nueva llamada ofreciéndole los servicios de la misma empresa».

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Los servicios objeto de mayor número de llamadas comerciales no autorizadas son los de telecomunicaciones, mencionados por el 72,4% de los consumidores que dijeron haberlas recibido. A continuación, se sitúan los energéticos, nombrados por el 62,1% de los encuestados, los de seguros (22%) y las llamadas para ofrecer alarmas (5,3%) y préstamos (5,3%).

Solo el 8,6% de los consumidores aseguró saber cómo denunciar las llamadas comerciales no solicitadas y apenas el 1,5% de los afectados reconoció haber presentado una denuncia por este motivo.

Tras recordar que el organismo al que deben remitirse dichas denuncias es la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), Sánchez explicó que los usuarios «deberán haber autorizado expresamente y de forma previa a las empresas para que estas tengan permitido llamarles para venderles sus productos y servicios, arriesgándose a ser sancionadas de no cumplir con la prohibición».

A este respecto, la asociación subrayó que, según la Ley 11/2022, de 28 de junio, General de Telecomunicaciones, los consumidores tienen derecho «a no recibir llamadas no deseadas con fines de comunicación comercial, salvo que exista consentimiento previo del propio usuario para recibir este tipo de comunicaciones comerciales».

«La prohibición, vigente desde el pasado 29 de junio, también señala que no se deben recibir llamadas automáticas sin intervención humana o mensajes de fax, con fines de comunicación comercial sin haber prestado su consentimiento previo para ello», abundó.

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Facua insistió en que, si los usuarios reciben llamadas comerciales «sin que las hubieran autorizado», pueden interponer una denuncia ante la AEPD, que es el organismo encargado de «vigilar» el cumplimiento de esta normativa, y ha lanzado una guía para que, según Sánchez, los consumidores «tengan claro cómo se denuncia y que esa denuncia prospere».