Desestimada la medida cautelar que Real Madrid, Barcelona y Athletic solicitaron para suspender los acuerdos de la Asamblea de LaLiga

MADRID, 07 (SERVIMEDIA)

El Juzgado de Primera Instancia número 15 de Madrid ha notificado auto de desestimatorio de la medida cautelar solicitada por el Real Madrid, el Athletic Club y el Barcelona de suspensión preventiva de los acuerdos adoptados por la Asamblea General Extraordinaria de LaLiga celebrada el pasado 10 de diciembre y la remoción de los efectos de los actos de ejecución de dichos acuerdos referidos al Proyecto LaLiga Impulso.

En dicho auto, al que ha tenido acceso Servimedia, se concluye la improcedencia de la adopción de la medida solicitada y considera que «debe tenerse en cuenta que la medida pretendida de suspensión supondría la paralización de efectos ya iniciados o ejecutados, acogiendo y sobreponiendo el criterio de una minoría frente a la elección llevada a cabo y consentida por la mayoría».

Todo ello teniendo en cuenta que cuando se trata de acciones sociales «el principio de mínima ingerencia deberá prevalecer hasta la decisión definitiva».

DESTIMADAS LAS CAUTELARÍSIMOS

Esta resolución se dicta después de que el pasado enero se conociera que el mismo juzgado había desestimado las medidas cautelarísimas que solicitó el club que preside Florentino Pérez junto al Barcelona y el Athletic para que se suspendiera la aplicación del acuerdo entre LaLiga y el fondo CVC.

El pasado diciembre los tres clubes anunciaron acciones legales contra los acuerdos adoptados por la Asamblea de La Liga que aprobó el denominado Proyecto Impulso que acomete con el fondo CVC, por considerar que se trata de «una transacción ilegal que causa un perjuicio irreparable a todo el sector del fútbol español» y que vulnera la legislación y los estatutos de La Liga.

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LaLiga aprobó con 37 votos a favor, cuatro en contra (Madrid, Barça, Athletic e Ibiza) y una abstención (Real Oviedo) el acuerdo con CVC por el que los clubes que lo decidan tendrán acceso a 1.994 millones de euros a cambio del 8,2% de los beneficios generados por la comercialización de sus derechos audiovisuales y digitales durante los próximos 50 años.

La llegada de los primeros 400 millones a los clubes se produjo el pasado 20 de enero, permitiendo a los equipos empezar a activar los planes de inversión previstos y está previsto que mañana se formalice el cierre de la operación, con la creación del nuevo holding LaLiga Group, fecha en la que CVC hará entrega de otros 298 millones de euros provenientes del acuerdo.

Las cautelarísimas que reclamaban los tres clubes era una de las medidas judiciales que preveían emprender contra el acuerdo. Sin embargo, la juez señaló que en el caso de la adopción de medida cautelar inaudita la regla general es que el tribunal proveerá a la petición previa audiencia del demandado y solo cuando el solicitante acredite que concurren razones de urgencia o que la audiencia previa puede comprometer el buen fin de la medida, en cuyo caso podrá acordarse sin más trámite, pero indica que «en este caso no se acredita la concurrencia de alguno de los citados requisitos hasta el punto que permitan la adopción sin oír al demandado como con carácter general se establece en la ley».

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Por ello, dispone que «no ha lugar a la adopción de medida cautelar inaudita» y fija como fecha para la vista del juicio civil el próximo 24 de febrero.