Sanidad niega discriminación hacia una MIR con tetraplejía que fue excluída del proceso al no superar el examen médido

MADRID, 21 (SERVIMEDIA)

La Dirección General de Ordenación Profesional del Ministerio de Sanidad afirma que no hubo trato discriminario hacia una MIR (Médica Interna Residente) que obtuvo plaza y no accedió a ella tras no superar el examen médico al que se somete a todos los adjudicatarios de plaza.

Es la respuesta que esta dirección general remitió al Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) después de que esta entidad se dirigiera al Ministerio de Sanidad reclamándole que rectifique y reintegre en su plaza a Berta Domínguez, la MIR que logró plaza y fue rechazada en el examen médico.

En una carta enviada a la directora general de Ordenación Profesional, Celia Gómez, el delegado del Cermi de Derechos Humanos y para la Convención de la ONU de la Discapacidad, Gregorio Saravia Mendez, explicaba en la misiva que a través de una información de TVE su entidad tuvo conocimiento de que Berta Domínguez, que tuvo un accidente que la dejo tetrapléjica cuando estudiaba el último curso de Medicina, aprobó este año el MIR, pero cuando iba a incorporarse a su plaza de médico de familia en el reconocimiento la declararon incapacitada para el puesto.

El Cermi explicaba que para el sector social de la discapacidad esta materia «es de un enorme interés, pues todas las personas con discapacidad, por esta circunstancia, parten de una situación social que las expone más intensamente a los efectos adversos de la discriminación y la falta de oportunidades en términos de igualdad».

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Por ello, reclamaba que se anulara su exclusión final del proceso selectivo MIR, con la retirada de la plaza obtenida, y su reintegración a la misma, ofreciéndole la especialidad sanitaria de su elección, «con los ajustes razonables que fueran precisos, y en caso de no ser posible la de su preferencia, otra que sea acorde con su circunstancia, pero nunca el ser apartada del proceso selectivo que superó suficientemente».

La directora general de Ordenación Profesional responde en un escrito que ha trasladado al Cermi, sin comentar un caso particular para respetar la normativa de protección de datos, que el artículo 24 del Real Decreto 589/2022, de 19 de julio establece que «todas las personas adjudicatarias de plaza por el sistema de residencia se someterán, con carácter previo a la formalización del contrato, a un examen médico para comprobar que no padecen enfermedad ni están afectados por limitación física, psíquica, sensorial o funcional que sea incompatible con las actividades profesionales que el correspondiente programa formativo oficial exija al residente».

Añade que la norma indica que cuando el examen médico sea negativo este deberá estar motivado y especificar los objetivos y competencias profesionales que según el correspondiente programa formativo oficial no puede adquirir el adjudicatario de plaza por causas imputables «a sus limitaciones físicas, psíquicas, sensoriales o funcionales».

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Asimismo, señala que la adjudicación se entenderá sin efecto si, cumplido el procedimiento descrito, se resolviese la no superación de dicho examen médico. «No obstante, la persona que no supere el examen médico inicial, podrá solicitar un cambio excepcional de especialidad, de acuerdo con lo establecido en el artículo 31 del Real Decreto 183/2008, de 8 de febrero».

La directora general apunta que, en base a esta normativa, el reconocimiento médico previo es un requisito para todas las personas adjudicatarias, «se motiva y justifica el informe negativo y puede solicitarse un cambio de especialidad. Con todo ello, se garantizan los derechos las personas adjudicatarias, a la vez que se garantizan los derechos de las/os pacientes, ya que las personas especialistas en formación deben adquirir todas las competencias que establece el programa formativo de la especialidad para asegurar la calidad de la atención sanitaria».

«Evidentemente», concluye, «se realizan las adaptaciones razonables de accesibilidad al centro o de las condiciones de trabajo, incluida la jornada laboral, en el caso de personas con discapacidad. Por tanto, no dude que atenderemos el caso que le preocupa con el mayor interés, del mismo modo que tratamos el resto de las situaciones que afectan a los especialistas en formación».