Juzgado de lo Mercantil pone fin a la batalla legal de pastelería murciana

El pasado mes de junio, mediante sentencia firme dictada por el Juzgado de lo Mercantil nº 13 de Madrid, se puso fin a la batalla legal que existía sobre la propiedad y uso de la marca Pastelería Orange, un establecimiento que es considerado de gran reputación en la región murciana y que estuvo representado en los tribunales por los letrados Javier Iglesias y Alejandro Falcón del despacho Falcón Abogados.

La sentencia dictada viene a dar la razón a Don Joaquín Sáez, legítimo sucesor del derecho de la marca “Pastelería Orange” creada en Murcia hace treinta y cinco años por el matrimonio Castro Ramírez (sus suegros).

La Pastelería ORANGE, históricamente conocida en Las Águilas, Murcia, ha visto reconocido judicialmente sus derechos de marca frente al infractor demandado, el cual, sin contar con la debida autorización, y amparándose en subterfugios como expresiones compuestas – tales como “RR CONFITERIA ORANJE RAMON MORENO” -, estaba generando una evidente confusión entre el público, que podía pensar que se trataba de la original Pastelería Orange.

La sentencia viene a reconocer que la marca que utilizaba el demandado es similar y confundible con la original, siendo el elemento predominante el vocablo “Orange” u “Oranje”.

El hecho de que uno se escriba con “g” y el otro con “j” es irrelevante pues fonéticamente, suenan igual y, desde el punto de vista gramatical, en la medida en que, hoy en día, los nombres propios se pueden escribir con “g” o con “j”, tampoco es un elemento diferenciador para un consumidor medio. Fehaciente prueba de ello son los comentarios colgados por varios clientes en las redes sociales de “Pastelería Oranje” para darse cuenta que utilizan indistintamente el término “Orange”, con g o con j, para identificar la pastelería del demandado, lo que denota la absoluta confusión en cuanto al origen empresarial de ambos negocios” explica Javier Iglesias de Falcón Abogados, despacho que, desde el principio, ha llevado la defensa de la marca original.

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La sentencia reconoce que el establecimiento de pastelería, abierto bajo en nombre “RR Confitería ORANJE Ramón Romero”, constituía un acto de violación de derechos de marca, sin que el intento de registro ante la Oficina Española de Patentes y Marcas de la citada denominación pueda otorgar legitimación de uso alguno.

Asimismo, la sentencia obliga a indemnizar a Pastelería Orange por los daños y perjuicios causados, lo que ha significado para sus propietarios un reconocimiento del trabajo realizado bajo esta marca durante 35 años, convirtiendo su establecimiento en uno de referencia en Murcia.

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