La CNMC multa con 24 millones a un cártel de tres siderúrgicas

– Balboa, Arcelormittal y Sidenor son las sancionadas

MADRID, 14 (SERVIMEDIA)

La CNMC ha impuesto sanciones por valor de 24 millones de euros a tres empresas siderúrgicas por intercambiar información sobre precios en el mercado de la chatarra.

Estos intercambios se han producido, por un lado, entre AG Siderúrgica Balboa, S.A (Balboa) y Sidenor Aceros Especiales, S.L.U. (Sidenor) y, por otro lado, entre Sidenor y Arcelormittal Aceralia Basque Holding, S.L. (Arcelormittal)

Estas compañías han incurrido en dos infracciones de los artículos 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC) y 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) consistentes en intercambios de información anticompetitivos en el mercado de compra de chatarra férrica.

La investigación de la CNMC tuvo su origen en una información anónima presentada ante la Comisión Europea sobre la posible existencia de un cártel en el mercado de compra de chatarra en España. En noviembre de 2018 y en marzo de 2020), la CNMC llevó a cabo inspecciones domiciliarias en la sede de diversas empresas siderúrgicas. Posteriormente, en julio de 2020 (nota de prensa), la CNMC abrió un expediente sancionador contra varias empresas del sector por prácticas restrictivas de la competencia.

Durante la instrucción del expediente sancionador, la CNMC ha acreditado que Balboa, Arcelormittal y Sidenor intercambiaron informaciones comercialmente sensibles.

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En primer lugar, revelaron información relativa a los precios futuros de compra que pretendían ofertar a sus proveedores de chatarra férrica. El intercambio de precios futuros entre competidores es una práctica particularmente dañina para la competencia y constitutiva de cártel, señala la CNMC.

En segundo lugar, las empresas sancionadas intercambiaron información relativa a las paradas técnicas de sus acerías. Con ello, fueron capaces de anticipar reducciones en el nivel de la demanda de chatarra y restringir aún más la competencia.

Por último, intercambiaron información sobre sus precios o precios de terceros competidores que todavía no eran públicos para todo el mercado.

Todo ello permitió que las empresas sancionadas, competidoras entre sí, pudieran alinear su comportamiento y se garantizaran el aprovisionamiento de chatarra sin someterse a la disciplina del mercado.

La CNMC recuerda que contra esta resolución no cabe recurso alguno en vía administrativa, pudiendo interponer recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación.